De conformidad con el Reglamento (UE) nº 2021/1060 , artículo 64 (1) (c) i, el IVA es subvencionable para los proyectos cuyo coste total sea inferior a 5.000.000 EUR (IVA incluido).
Teniendo en cuenta su presupuesto habitual (entre 1 MEUR y 2MEUR), el IVA es subvencionable para los proyectos de Interreg Europe.