En el caso de un Plan Local de Acción de una Ciudad Grande a la que le gustaría centrarse en un Área que no es desfavorecida socialmente, pero sí que presenta serias carencias o problemas de vulnerabilidad territorial (accesibilidad); medioambiental y de equipamientos. ¿Podría considerarse esta posibilidad como Área Desfavorecida, de acuerdo con lo previsto en el Anexo III o, necesariamente, lo pretendido debe centrarse exclusivamente en aspectos sociales?
Se debe tratar de áreas desfavorecidas desde el punto de vista social o económico y se deberá justificar su condición de acuerdo con indicadores o informes oficiales. Por consiguiente, no se podrá fundamentar la vulnerabilidad en base a criterios medioambientales o de accesibilidad, como se propone en la cuestión presentada.