Respecto a la financiación de vehículos de transporte, de acuerdo con la Guía de Criterios y procedimientos de selección de operaciones (CPSO): únicamente se podrán financiar vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros (se excluyen, por tanto, entre otros, los vehículos de las entidades locales adscritos a otros servicios públicos y los vehículos particulares) catalogados como “vehículos limpios” de acuerdo con la normativa EU vigente.