La partida del 3.5% de asistencia técnica está destinada a cubrir los gastos vinculados con la gestión del PAI. El 3,5% se genera automáticamente a medida que se presenta gasto mediante facturas. Además, los gastos imputados al 3,5% no requieren justificación por lo que se puede destinar a lo que la entidad solicitante considere dentro de la elegibilidad propia de la asistencia técnica.