El controlador puede ser externo (auditor contratado que debe estar inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas), o interno cuando se trate de beneficiarios de carácter público
El controlador puede ser externo (auditor contratado que debe estar inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas), o interno cuando se trate de beneficiarios de carácter público