Entre los ámbitos de intervención elegibles se encuentran los ámbitos TI0044 Renovación de la eficiencia energética o medidas de eficiencia energética relativas a infraestructuras públicas, proyectos de demostración y medidas de apoyo y TI0045 Renovación de la eficiencia energética o medidas de eficiencia energética relativas a infraestructuras públicas, proyectos de demostración y medidas de apoyo que cumplan los criterios de eficiencia energética, cuya diferencia parece ser la profundidad de la renovación o la capacidad de reducción de emisiones. ¿Podrían concretar qué tipo de actuaciones entrarían en uno y otro ámbito?
Los criterios de eficiencia que deben cumplir las actuaciones para poder encuadrarse en el ámbito de intervención TI0045 quedan descritos en el Anexo I del Reglamento 2021/1060 de la siguiente forma:
“Si el objetivo de la medida consiste en lograr, por término medio: a) una renovación de al menos un grado de profundidad intermedia, tal como se define en la Recomendación (UE) 2019/786 de la Comisión, o b) una reducción de al menos un 30 % de las emisiones directas e indirectas de gases de efecto invernadero en comparación con las emisiones previas. La renovación de edificios también tiene por objeto incluir las infraestructuras con arreglo a los ámbitos de intervención 120 a 127.”