A tenor del artículo 7 de la Orden de bases, el presupuesto máximo del PAI presentado ha de ser de 20, 15 o 10 millones de euros según la categoría de beneficiario correspondiente, debiendo quedar acotados los proyectos que serían objeto de cofinanciación por esta cuantía. Si la funcionalidad de los proyectos requiriese un gasto superior este deberá correr a cargo de la entidad.
FAQ 2.12. ¿El presupuesto de las actuaciones que se refleje en el PAI puede ser superior al presupuesto máximo de gasto asignado por categoría de beneficiario?
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